Los argumentos del TC para defender que la Virgen siga siendo patrona del Colegio de Abogados de Sevilla. Lea la sentencia

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el fallo del Tribunal Constitucional que defiende el derecho del Colegio de Abogados de Sevilla a seguir teniendo como patrona a la Inmaculada Concepción de la Virgen María, pues ello “no menoscaba su aconfesionalidad” al ser una “tradición secular”. Lea el texto íntegro del fallo del TC.

Tal como informó ‘Religión Confidencial’, el Tribunal Constitucional señala que “cuando una tradición religiosa se encuentra integrada en el conjunto del tejido social de un determinado colectivo, no cabe sostener que a través de ella los poderes públicos pretendan transmitir un respaldo o adherencia a postulados religiosos”.

Según el TC, el Colegio de Abogados de Sevilla puede “celebrar festividades o ceremonias religiosas, reflejar en sus estatutos su vinculación histórica con ciertas instituciones religiosas, sin que ello suponga tomar parte en actos de esta naturaleza ni alterar la voluntad individual de sus miembros”.

Por otra parte, el TC pone de manifiesto que “las corporaciones sectoriales de base asociativa privada, naturaleza que tiene el Colegio de Abogados de Sevilla, son de Derecho público por su origen y configuración, más no les corresponde el carácter absoluto o pleno de Administración pública, ya que no lo son en su esencia y en su totalidad, sino sólo parcialmente”.

Lea a continuación el texto íntegro del fallo del TC.

 

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