El juez Castro dice que Urdangarin no puede ser acusado por ‘pecador’

El instructor del 'caso Nóos' ha rechazado la petición de la "Iglesia Evangélica Jesús, Amor y Libertad" de personarse como acusación popular en la causa, en un escrito en el que aludían a que los acusados se habían apartado de las instrucciones de Dios y los mandatos biblícos contrarios al soborno.

En un auto conocido este lunes, el juez responde a la institución religiosa que "divulgar la fe cristina, cumpliendo los preceptos y orientaciones contenidos en las sagradas escrituras", no guarda "la más mínima relación con el ejercicio de acciones penales tendentes a la persecución de delitos supuestamente cometidos por terceras personas".

Unas supuestas infracciones de las que, prosigue, "ningún perjuicio directo y evaluable se ha derivado" para esta entidad. "Pretender que la ética y la moral obtengan tutela ante los Tribunales de Justicia sólo es posible cuando tales valores hayan sido calificados por el Ordenamiento Jurídico como bienes jurídicamente protegibles, superando el ámbito que le es propio a un credo o confesión religiosa, por mucho que sean de respetar", recalca el juez.

El instructor detecta bajo las motivaciones supuestamente sobrenaturales de esta iglesia, su "interés" de querer personarse en la causa como acusación popular para "utilizar la repercusión mediática" del procedimiento, aseverando que admitir que ésta y otras entidades con similares pretensiones sean parte en el proceso "abocaría a una proliferación imparable e imbarajable".

 

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