El TC dice que deben tenerse en cuenta las tradiciones religiosas y falla a favor del Colegio de Abogados de Sevilla

El Tribunal Constitucional ha fallado a favor del colegio de abogados de Sevilla, que tiene como patrona a la Virgen María. El tribunal señala que cuando una tradición religiosa está integrada en el tejido social, “no cabe sostener que a través de ella los poderes públicos puedan transmitir un respaldo a postulados religiosos”.

El citado colegio de abogados tiene como patrona a la Inmaculada Concepción. Un letrado sevillano consideró este hecho una “vulneración de su derecho a la libertad religiosa”. Pero el Tribunal Constitucional señala en su sentencia que “la percepción subjetiva del reclamante no basta por sí sola para caracterizar una violación del derecho invocado”, en línea con el Tribunal de Estrasburgo.

Según el TC, la Inmaculada forma parte de los símbolos religiosos que “han pasado a ser predominantemente culturales, aunque eso no excluya que para los creyentes siga operando su significado religioso”.

El Tribunal Constitucional compara este caso con el descanso de los domingos y otros muchos “emblemas, escudos, banderas, himnos, alegorías, divisas, lemas y conmemoraciones” que en su origen eran propios de confesiones cristianas. “Ésta es la razón por la que símbolos y atributos propios del Cristianismo figuran insertos en nuestro escudo nacional, en las banderas de varias comunidades autónomas y de numerosas provincias, ciudades y poblaciones”, además de estar en el nombre de muchos municipios e instituciones.

El decano del colegio de abogados sevillano, José Joaquín Gallardo, ha mostrado su satisfacción por la sentencia, que es “respetuosa con la tradición cristiana de buena parte de la sociedad española”.

El colegio profesional se constituyó hace tres siglos bajo el patronazgo de la Virgen como cofradía para socorrer a los abogados más necesitados y darles sepultura cuando fallecían.

 

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